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Los servicios invariablemente deberán solicitarse a través del “CAT” desde la CDMX al 5747 9116 desde el interior al 01800 890 9892 las 24 horas del día.
Los servicios de asistencia serán prestados de acuerdo a las condiciones generales del servicio.
Quién reporte deberá proporcionar su nombre, teléfono de contacto, número de tarjeta, así como una breve descripción de las circunstancias que originan el servicio.
“EL PRESTADOR” se reserva el derecho de solicitar según el caso la identificación del afiliado. En caso necesario a consideración de “EL PRESTADOR” se solicitará una reclamación por escrito bajo protesta de verdad.
Como tal debe entenderse a la persona moral QUALITY ASSIST MÉXICO Y CENTROAMÉRICA S.A. DE C.V., única responsable de la prestación de los servicios que integran el programa de asistencia.
Es el Centro de Atención Telefónica de “EL PRESTADOR” que brindará servicio las 24 horas todos los días del año, para coordinar y supervisar a los proveedores de servicios del programa de asistencia.
Como tal debe entenderse para efectos de la prestación de este programa de servicios, a “EL TITULAR” del contrato del programa de asistencia, su cónyuge e hijos de ambos menores de 21 años.
Es la persona a quien se le expide el contrato del programa de asistencia.
Persona que hará del conocimiento del personal de “CAT” las decisiones tomadas por la familia respecto al servicio de asistencia funeraria.
Lugar donde “EL TITULAR” reside física y habitualmente.
El servicio de red de descuentos médicos, es ilimitado durante la vigencia de la cobertura de “EL BENEFICIARIO”.
Las 24 horas todos los días del año, en la República Mexicana “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” su red de proveedores asociados de grúa y auxilio vial, para que ayuden a “EL BENEFICIARIO” con contratiempos en su automóvil.
SERVICIO DE GRÚA
En caso de que el vehículo de “EL BENEFICIARIO” sufra una avería que no pueda ser reparada, “EL PRESTADOR” organizará y tomará a su cargo los servicios de remolque hasta el taller más cercano, designado de común acuerdo con “EL BENEFICIARIO”.
“EL PRESTADOR” sólo se hará cargo de este servicio hasta un arrastre máximo de 30 kilómetros o el equivalente a $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.), lo que ocurra primero. “EL BENEFICIARIO” se hará cargo del costo excedente el cual le será informado al momento de solicitar el servicio.
En todos los casos, “EL BENEFICIARIO” deberá acompañar al proveedor de la grúa durante el traslado.
El servicio de arrastre de grúa está limitado a 2 eventos por vigencia anual del contrato.
Exclusiones particulares de la Asistencia Vial
“EL PRESTADOR”, quedará eximido del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la Asistencia Vial en los siguientes casos:
Pago de casetas de peaje, maniobras, salvamentos o costo por aditamentos especiales.
Asistencias que se originen a consecuencias de huelgas, guerras, rebelión, guerra civil, terrorismo, delincuencia organizada, manifestaciones o movimientos populares.
Cuando no exista persona que acompañe el traslado.
Reembolsos por utilizar otros servicios y sin previa autorización por escrito de “EL PRESTADOR”.
A consecuencia de modificaciones en el vehículo de “EL BENEFICIARIO” que haya influido directamente en el origen de la avería.
Remolque de vehículos mayores a un peso de 2.5 toneladas, servicio público de carga o transporte de pasajeros, así como sacar vehículos atascados en baches o inundaciones cuando por negligencia de “EL BENEFICIARIO” se haya ocasionado esta contingencia.
AUXILIO VIAL
“EL PRESTADOR” enviará un técnico especializado a “EL BENEFICIARIO” dentro del territorio de la República Mexicana cuando su vehículo requiera alguno de los siguientes servicios de auxilio vial:
1) Paso de corriente.
2) Envío de gasolina de hasta 10 litros, con cargo al usuario.
3) Cambio de llanta.
4) Cerrajero automotriz.
Para los servicios antes descritos “EL PRESTADOR” recibirá la llamada del usuario y organizará la prestación del servicio
“EL PRESTADOR” vigilará el desarrollo del servicio y supervisará que el mismo cumpla con los estándares de calidad en cuanto a tiempo y eficiencia.
“EL BENEFICIARIO” podrá solicitar vía telefónica sin límite de eventos, referencia de talleres mecánicos, horario de labores, ubicación y concertación de una cita.
a) El servicio de auxilio vial tiene un límite de cobertura de $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.) y con un límite de 2 eventos combinados por año de vigencia.