Revista Quality Assist Abril

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Los servicios invariablemente deberán solicitarse a través del “CA” desde la CDMX al 55 5747 9104 las 24 horas del día o al WhatsApp https://www.app-quam.net/whatsapp.html 

Los servicios de asistencia serán prestados de acuerdo a las condiciones generales del servicio.

Quién reporte deberá proporcionar su nombre, teléfono de contacto, número de cliente de la financiera, así como una breve descripción de las circunstancias que originan el servicio.

“EL PRESTADOR” se reserva el derecho de solicitar según el caso la identificación del afiliado. En caso necesario a consideración de “EL PRESTADOR” se solicitará una reclamación por escrito bajo protesta de verdad.

“EL PRESTADOR”

Como tal debe entenderse a la persona moral QUALITY ASSIST MÉXICO Y CENTROAMÉRICA S.A. DE C.V., única responsable de la prestación de los servicios que integran el programa de asistencia.

 “CA”

Es el Centro de Atención Telefónica de “EL PRESTADOR” que brindará servicio las 24 horas todos los días del año, para coordinar y supervisar a los proveedores de servicios del programa de asistencia. La atención brindada por el “CA” puede ser vía telefónica o WhatsApp.

“EL BENEFICIARIO”

Como tal debe entenderse para efectos de la prestación de este programa de servicios, a “EL TITULAR” del contrato del programa, su cónyuge e hijos de ambos menores de 25 años.

Para el caso de “EL TITULAR” soltero, incluye a ambos padres (hasta 69 años de edad).

“EL TITULAR”

Es la persona a quien se le expide el contrato del programa de asistencia.

“DEUDO RESPONSABLE”

Persona que hará del conocimiento del personal de “CA” las decisiones tomadas por la familia respecto al servicio de asistencia funeraria.

“DOMICILIO”

Lugar donde “EL TITULAR” reside física y habitualmente.

  1. “EL PRESTADOR”, proporcionará las 24 horas todos los días del año dentro del territorio de la República Mexicana y se hará cargo hasta el límite de cobertura contratado del servicio de asistencia funeraria. Quien solicite el servicio deberá nombrar a una persona que funja como “DEUDO RESPONSABLE”, esta persona designada como responsable deberá comunicar al personal del “CAT” todas las decisiones de los deudos relacionadas con el servicio funerario, asimismo se le hará saber las opciones de funerarias disponibles en el lugar donde solicite el servicio.

  2. Para poder verificar la procedencia del servicio el “DEUDO RESPONSABLE” se obliga a enviar al email o whatsapp que le sea indicado, en formato de fotografía o PDF la siguiente documentación del fallecido: acta de nacimiento, pasaporte o credencial del INE, comprobante de domicilio, acta de defunción, en su caso acta de matrimonio o cualquier otro documento idóneo.
  3. En el primer año de contratación de esta asistencia, aplica un periodo de espera de 90 días a partir del inicio de la vigencia del servicio, para los decesos causados por una enfermedad terminal, sospechoso COVID o confirmados COVID.
  4. No aplica este periodo de espera en caso de fallecimiento por accidente o enfermedad no terminal.
  5. “EL PRESTADOR” organizará y cubrirá los siguientes servicios funerarios para “EL BENEFICIARIO” cuya edad al momento del deceso sea máximo de 69 años cumplidos:
    1. Recolección del cuerpo en: hospital, domicilio o servicio forense.
    2. Gestión legal ante la autoridad competente en caso de deceso violento.
    3. Traslado del cuerpo a la sala de velación que se designe.
    4. Preparación del cuerpo, limpieza, vestido y maquillaje facial no reconstructivo.
    5. Ataúd estándar.
    6. Uso de sala de velación por 24 horas o préstamo del equipo para velación en domicilio. (Mesa pedestal, (4) candeleros o torcheros y Cristo) hasta por 24 horas.
    7. Traslado del cuerpo al cementerio en la zona urbana donde ocurrió el deceso.
    8. En caso de cremación, el servicio incluye la renta del ataúd para la velación, traslado del cuerpo al crematorio, cremación y urna de madera estándar.
    9. Traslado del ataúd hasta 50 kilómetros a la redonda desde el lugar en donde se presentó el deceso para su velación y/o inhumación.
  6. En caso de que la velación y/o inhumación se realice en una localidad más alejada de los 50 kilómetros el “DEUDO RESPONSABLE” se obliga a pagar el kilometraje excedente a una tarifa preferencial.
  7. Si por la distancia del lugar de inhumación, el transporte terrestre no fuera el idóneo, “EL PRESTADOR” se obliga a coordinar el transporte aéreo a cargo del “DEUDO RESPONSABLE”.
  8. Este servicio de asistencia funeraria familiar tiene un límite de 2 eventos anuales y el tipo de servicio funerario que se brindará es tipo estándar.

EXCLUSIONES PARA LA ASISTENCIA FUNERARIA

“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia funeraria, cuando:

Cuando alguno de los beneficiarios o “DEUDO RESPONSABLE” no reporte con oportunidad el deceso y “EL PRESTADOR” se encuentre en imposibilidad material de cumplir con el servicio.

Alguno de los beneficiarios o “DEUDO RESPONSABLE” solicite el reembolso o pago del servicio funerario al incurrir en la omisión, del párrafo anterior.

Los beneficiarios o “DEUDO RESPONSABLE” no envíen de manera electrónica, la documentación solicitada para acreditar la personalidad o entroncamiento de la persona fallecida.

El servicio funerario se solicite en otra casa funeraria que no pertenezcan a la red en convenio con “EL PRESTADOR”.

  1. “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “DEUDO RESPONSABLE” las 24 horas todos los días del año, su plantilla de abogados, para que sean consultados vía telefónica respecto a cualquier duda o problema jurídico relacionado con el deceso de “EL BENEFICIARIO”, en las materias abajo mencionadas.

    Las materias disponibles para esta cobertura son:

    1. Asesoría Legal en Materia Civil y Familiar.

    2. Asesoría Legal en Materia Mercantil.

    3. Asesoría Legal en Materia Laboral.

  2. El “DEUDO RESPONSABLE” deberá relatar al abogado los hechos que originan la incertidumbre legal.  En caso de ser necesario el abogado podrá recibir en formato PDF o de fotografía vía correo electrónico, documentos diversos u oficiales, para que el profesionista pueda estudiarlos y tener mayores elementos para emitir una mejor opinión o asesoría legal.
  3. Los abogados de “EL PRESTADOR” estarán disponibles las veces que sea necesario para consultas telefónicas subsecuentes derivadas del mismo asunto.
  4. En caso de urgencia legal y previa autorización del “DEUDO RESPONSABLE” el abogado podrá remitirlo con un profesionista de la red en su ciudad, para tener una asesoría de forma presencial sin costo. En caso de que el usuario esté interesado en contratar al abogado referido “EL PRESTADOR” gestionará una tarifa preferencial respecto de los honorarios del abogado, vigilará la prestación del servicio y supervisará que el mismo cumpla con los estándares de calidad en cuanto a tiempo, técnica jurídica y eficiencia.
  5. El servicio de orientación legal telefónica no tiene costo ni límite eventos durante la vigencia anual del servicio.

  1. “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “DEUDO RESPONSABLE” las 24 horas todos los días del año, su red de abogados, para que coadyuven en los trámites legales que se requieran ante el Ministerio Público cuando el fallecimiento se haya originado por una situación violenta.
  2. En todo momento el abogado velará por aligerar la pena a él “DEUDO RESPONSABLE” y sus familiares gestionando de una manera pronta y expedita los trámites legales que se deriven de la carpeta de investigación y a la brevedad posible, la entrega del cuerpo del fallecido para la velación con su familia.
  3. El servicio de orientación legal funeraria no tiene costo ni límite eventos y se limita a la obtención de la entrega del cuerpo para su velación y la devolución de los bienes del fallecido.

  1. “EL PRESTADOR” por medio de su personal especializado y en un horario de lunes a sábado de 9:00 a.m. a 6:00 p.m., proporcionará a el “DEUDO RESPONSABLE” la asesoría necesaria de forma telefónica sobre problemas o dudas que tenga en materia de psicología.

    La profesionista en psicología brindará ayuda sobre:

    1. Ayuda en duelo y pérdidas emocionales por la pérdida del ser querido.

    2. Prevención y ayuda de trastornos psicológicos, como depresión, ansiedad, estrés, adicciones, etc.

    3. Referencia de centros de ayuda psicológica estatales y particulares.

    4. Apoyo a nivel familiar, en situaciones de tipo emocional con el fin de obtener la ayuda apropiada de acuerdo a su caso.

  2. El Servicio de asistencia psicológica telefónica no tiene costo ni límite de eventos.

Los servicios de asistencia se prestarán dentro del territorio de la República Mexicana y en las ciudades o localidades que cuenten con la infraestructura de los servicios contratados y de acuerdo con los alcances que se describen en estas condiciones generales de la membresía de beneficios

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