PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO
PRIMERA. DEFINICIONES
Para los efectos de estos términos y condiciones se entenderá por:
EL PRESTADOR Y OPERADOR DEL PROGRAMA: Para fines legales, Como tal debe entenderse a la persona moral QUALITY ASSIST MÉXICO Y CENTROAMÉRICA S.A. DE C.V., única responsable de la prestación de los servicios que integran el programa de asistencia. Para fines del servicio tú representas al programa con una excelente atención y análisis de cada caso.
CA: Es el Centro de Atención de “EL PRESTADOR” que brindará servicio las 24 horas todos los días del año, para recibir las solicitudes de reclamación, coordinar y supervisar a los proveedores de servicios del programa de asistencia. La atención brindada por el “CA” puede ser vía telefónica o WhatsApp.
EL TITULAR: Persona identificada en la base de datos que haya adquirido algún boleto en SUPERBOLETOS y que haya adquirido el PROGRAMA DE ASISTENCIAS DE BOLETO SEGURO.
ACCIDENTE: Todo suceso súbito e imprevisto que derive de una causa violenta, externa y ajena a la intencionalidad de “EL TITULAR”, que ponga en peligro la integridad y salud del mismo, que ocurra dentro del periodo de vigencia contratado, que ocasione en “EL TITULAR” una lesión corporal y requiera atención médica hasta dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la fecha del accidente. Se considera como un mismo accidente a las lesiones que se produzcan como consecuencia inmediata y directa de éste, de su tratamiento o manejo quirúrgico así como sus recurrencias, recaídas, complicaciones y secuelas.
ACOMPAÑANTE: Aquella persona que: (a) compra un boleto para el/los mismo(s) evento(s) o lugar del evento que “EL TITULAR”; y (b) cuando su intención es usar el boleto con dicho “TITULAR”. El acompañante deberá adquirir su boleto dentro de un periodo de 20 (veinte) días a partir de que “EL TITULAR” haya comprado su boleto incluyendo el PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO.
BOLETO DE SERIES: Se refiere a un boleto para entrar a una serie de eventos de varios días o varios eventos como son los boletos de temporada para deportes o artes interpretativas o diversos días a un parque de diversiones u otras instalaciones recreativas. Un boleto de series para una temporada regular de deportes no incluye temporada posterior/finales.
COSTO DEL BOLETO: Se refiere al monto total pagado por el boleto adquirido con SUPERBOLETOS, incluyendo cualquier servicio y cargos por tramitación y de envío.
EPIDEMIA: Enfermedad que ataca a un gran número de personas o de animales en un mismo lugar y durante un mismo período de tiempo.
CONCEPTO DE ENFERMEDAD, RELACIONADA CON EL PROGRAMA DE CANCELACIÓN DEL BOLETO: Toda alteración de la salud (dolencia, padecimiento, patología o que conlleve riesgo de muerte) sufrida de forma súbita, que se manifiesten por primera vez en el transcurso durante la vigencia del PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO; cuyo diagnóstico y confirmación sea efectuado por un médico legalmente reconocido y que amerite tratamiento médico o quirúrgico de “EL TITULAR” Se considera como una misma enfermedad a las que se produzcan como consecuencia inmediata y directa de esta, de su tratamiento o manejo quirúrgico, así como sus recurrencias, recaídas, complicaciones y secuelas.
CONCEPTO DE ENFERMEDAD RELACIONADA CON LA COBERTURAS DE ASISTENCIAS: Toda alteración de la salud (dolencia, padecimiento o patología) sufrida de forma súbita, que se manifiesten por primera vez en el transcurso durante la vigencia del producto (12 horas antes del evento y 16 horas después) contratado; cuyo diagnóstico y confirmación sea efectuado por un médico legalmente reconocido.
ENFERMEDADES PREEXISTENTES: Se refiere a:
- Cualquier padecimiento que presente “EL TITULAR”, su Acompañante o su Familiar en Primer Grado durante un periodo de 120 (ciento veinte) días previos, incluyendo la fecha de vigencia del PROGRAMA DE CANCELACIÓN DEL BOLETO:
- Que haya sido declarada antes de la compra del PROGRAMA DEL “BOLETO SEGURO”.
- Que en un expediente médico se determine su existencia a través del diagnóstico de un médico legalmente autorizado con anterioridad a la fecha de celebración del contrato, y/o;
- Diagnosticado con anterioridad la compra del PROGRAMA DEL “BOLETO SEGURO” mediante pruebas de laboratorio, gabinete o cualquier otro medio reconocido de diagnóstico que requiera tomar medicamentos de venta con receta o medicina a menos que la enfermedad este controlada sin ningún cambio en la receta requerida.
“ENFERMEDAD GRAVE”
Es una alteración de la salud que implique hospitalización “EL TITULAR” y que, a juicio del equipo médico de “EL PRESTADOR” imposibilite la iniciación o continuidad del viaje de “EL TITULAR” o su continuación en la fecha prevista o conlleve riesgo de muerte.
“FAMILIAR”
Cónyuge e hijos menores de 21 años cuya residencia permanente sean los Estados Unidos Mexicanos y que vivan bajo el mismo domicilio de “EL TITULAR”.
“FAMILIAR EN PRIMER GRADO”
Se refiere a su cónyuge; padre/madre; hijo(s), incluyendo a los hijos que son adoptados o que están en proceso de ser adoptados; hermanos; abuelo(s) o nieto(s); padrastros; hijastros o hermanastros.
“HOSPITAL” Establecimiento destinado a proporcionar todo tipo de asistencia médica, incluidas operaciones quirúrgicas y estancia durante la recuperación o tratamiento, y en el que también se practican la investigación y la enseñanza médica no se considera como Hospital a las instalaciones de convalecencia, asilos, instalaciones o clínicas de atención a largo plazo.
“LESIÓN” Se conoce como lesión a un golpe, herida, daño, perjuicio o detrimento. El concepto suele estar vinculado al deterioro físico causado por un golpe, una herida, una enfermedad un accidente o una agresión con arma peligrosa que se presente en o después de la fecha de vigencia de del programa y antes de la fecha de terminación.
“MÉDICO”
Se refiere a un profesional que practica la medicina y que intenta mantener y recuperar la salud humana mediante el estudio, el diagnóstico y el tratamiento de la enfermedad o lesión del paciente. Para efectos de estos Términos y Condiciones, el Médico no podrá ser Familiar de “EL TITULAR”.
“EQUIPO MÉDICO”
Se refiere al personal médico autorizado y que esté gestionando algún tipo de asistencia por cuenta de “EL PRESTADOR” a un Titular.
“PANDEMIA”
Enfermedad epidémica que se extiende a muchos países o que ataca a casi todos los individuos de una localidad o región.
“COMPENSACIÓN”
Se reconoce como compensación a la operación económica mediante la cual “EL
“TITULAR” recibe de vuelta alguna cantidad de dinero o de bienes materiales que había entregado para la compra de un servicio o producto.
“AUTOMÓVIL”
Vehículo motorizado de cuatro ruedas en dos ejes, menor a 3.5 toneladas de peso de uso y servicio particular propiedad legal de “EL TITULAR”.
“AVERÍA”
Daño, rotura o deterioro fortuito que impida la circulación autónoma del Automóvil.
“RESIDENCIA HABITUAL”
Localidad en la que “EL TITULAR” reside habitualmente y es el establecido para propósitos legales y fiscales.
“TERRORISMO”
Forma violenta de lucha política, mediante la cual se persigue la destrucción del orden establecido o la creación de un clima de terror e inseguridad susceptible de intimidar a los adversarios o a la población en general.
SEGUNDA. VIGENCIA DEL PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO O BOLETO SEGURO.
Los servicios del PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO, tendrá una vigencia:
Inicio de Vigencia del programa cancelación del boleto: La cobertura del PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO inicia el día en que se haya adquirido el boleto con SUPERBOLETOS ya sea por Internet (electrónica) o Taquilla siempre y cuando se pague todo el costo correspondiente.
Fin de Vigencia del programa cancelación del boleto: La cobertura del PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO termina bajo los siguientes supuestos:
- Para los Boletos de 1 (un) solo día cuando se lleve a cabo el evento y haya usado el boleto o cuando haya presentado una reclamación, lo que suceda primero.
- Para Boletos de series cuando se ha usado el último boleto de dicha serie
La finalización de la vigencia del programa cancelación del boleto o boleto seguro: implica automáticamente el cese de todos los servicios por lo que no podrán solicitarse servicios con posterioridad a la vigencia del programa.
TERCERA. DETALLE DE LOS BENEFICIOS DEL PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO
Los servicios que integran a los servicios de asistencia, son los siguientes, con los límites y alcances que se detallan:
El PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETOS protege y brinda la tranquilidad a “EL TITULAR” al momento de adquirir sus boletos en SUPERBOLETOS ante circunstancias inesperadas.
El PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETOS consiste en la compensación del 100% (cien por ciento) de los boletos que haya adquirido incluyendo impuestos, y gastos de envío hasta un monto máximo de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 MN) siempre y cuando “EL TITULAR” haya adquirido el PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO en el momento que haya adquirido su (s) boleto (s) ya sea por internet, por taquilla o los distintos puntos de venta autorizados por SUPERBOLETOS.
¿QUE CUBRE LA PRESTACIÓN DE CANCELACIÓN DE BOLETO O BOLETO SEGURO?
Las siguientes coberturas están diseñadas para proteger a “EL TITULAR” contra situaciones o pérdidas que son resultado de eventos repentinos e imprevistos o afecciones.
Los beneficios no cubren eventos o afecciones, en la fecha de adquisición “EL TITULAR” conozca o que sea probable que se presenten y siempre y cuando se haya adquirido el PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO.
Con tan solo llamar al número indicado “EL PRESTADOR” pondrá a su disposición los recursos materiales y humanos para ofrecer asistencias las 24 horas del día, los 365 días del año en su mismo idioma y con base a los siguientes Términos y Condiciones.
Las partes convienen que las coberturas a proporcionar por “EL PRESTADOR”, serán los siguientes:
COBERTURA EN CASO DE ENFERMEDADES PREEXISTENTES
Serán cubiertas las Enfermedades Preexistentes, siempre y cuando se cumplan las
siguientes condiciones:
- El PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO se haya adquirido dentro de un periodo de hasta 15 (quince) días naturales a partir de la compra del boleto.
- El monto de cobertura adquirida sea equivalente al costo del boleto; Que “EL TITULAR” al momento de la adquisición del PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO, gozara de buena salud para usar los boletos y no hubiere presentado una reclamación para cancelar debido a una Enfermedad Preexistente dentro de un periodo de 120 (ciento veinte) días antes de adquirir del PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO.
- Que el costo del boleto sea de hasta $10,000 (diez mil pesos 00/100 MN) por boleto o menos de dicha cantidad.
En caso de no cumplir con las condiciones anteriores, “EL TITULAR” aún sigue cubierto en caso de Cancelación por otras causas distintas a Enfermedades preexistentes.
COBERTURA PARA BOLETOS DE 1 (UN) SOLO DIA:
En caso de que “EL TITULAR” haya adquirido un boleto de 1 (un) solo día con SUPERBOLETOS y el PROGRAMA DE “BOLETO SEGURO”, y no esté en posibilidad de usar dicho boleto, “EL PRESTADOR” compensará la totalidad del costo de dicho boleto, hasta un monto máximo de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 MN).
COBERTURA PARA BOLETOS DE SERIES
En caso de que “EL TITULAR” haya adquirido un boleto de series con SUPERBOLETOS y el PROGRAMA DE “BOLETO SEGURO”, y no esté en posibilidad de usar 1 (uno) o más de dichos boletos de serie, “EL PRESTADOR” compensará la totalidad del costo del boleto o boletos de series no utilizados, hasta un monto máximo de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 MN).
RAZONES CUBIERTAS EN CASO DE LA CANCELACIÓN DE BOLETO DE 1 (UN) SOLO DIA O BOLETOS DE SERIES
Para poder hacer la reclamación en caso de cancelación de boleto de 1 (un) solo día o de boletos de serie descritos en los dos párrafos anteriores, las razones cubiertas se enlistan continuación:
- Fallecimiento, accidente o enfermedad grave de “EL TITULAR”, Acompañante o Familiar directo: cónyuge; padre/madre; hijo(s), incluyendo a los hijos que son adoptados o que están en proceso de ser adoptados; hermanos; abuelo(s) o nieto(s); padrastros; hijastros o hermanastros dentro de un periodo de 30 (treinta) días anteriores a la fecha del evento
- Cualquier enfermedad o lesión grave que presente “EL TITULAR” o su Acompañante que le impida asistir al evento para el que se compró el boleto de 1 (un) un solo día.
Dentro de las 72 (setenta y dos) horas a partir del momento de dar aviso de la Cancelación, un Médico deberá revisar a “EL TITULAR” o su Acompañante y este deberá recomendarle por escrito, a “EL TITULAR” o su Acompañante la imposibilidad de asistir al evento.
Cualquier enfermedad o lesión grave que presente un Familiar en primer grado de “EL TITULAR” que requiere atención médica y/o se considere potencialmente mortal y requiera el cuidado y presencia de parte de “EL TITULAR” que le impida asistir al evento. Dentro de las 72 (setenta y dos) horas a partir del momento de dar aviso de la Cancelación, un Médico deberá revisar al Familiar en primer grado y deberá extender un diagnóstico.
- Daños por robo, incendio o inundación en su residencia habitual o en sus locales profesionales que los hiciera inhabitables o con grave riesgo de que se produzcan mayores daños que justifiquen de forma imperativa su presencia en un periodo de 48 (cuarenta y ocho) horas antes del evento.
- Convocatoria de “EL TITULAR” a requerimiento de Organismos Oficiales del Estado.
- Convocatoria como parte, testigo o jurado de un tribunal.
- Convocatoria como miembro de una mesa electoral.
- Cuarentena médica como consecuencia de suceso accidental.
- La entrega en adopción de un niño o niña.
- Trasplante de un órgano de “EL TITULAR” o padres o cónyuge, hijos o hermanos del mismo.
- Operación de emergencia de “EL TITULAR” o padres o cónyuge, hijos o hermanos del mismo.
- Complicaciones graves del embarazo o aborto involuntario que por prescripción médica impidan acudir al evento cuyo boleto fue comprado con SUPERBOLETOS; estas complicaciones deben ser posteriores a la compra de los boletos. Se excluyen partos o complicaciones a partir del 7o mes de embarazo.
- Que “EL TITULAR” o su Acompañante sufran un accidente vial el día del evento que les cause una lesión grave.
- Si “EL TITULAR” o su Acompañante es despedido laboralmente después de trabajar con el mismo patrón durante al menos 2 (dos) años consecutivos, sin que hayan cometido alguna falta, después de la fecha de inicio de vigencia de cobertura, es decir que sufra Despido Injustificado.
- Si “EL TITULAR” o su cónyuge es transferido a un lugar de trabajo que está por lo menos a 200 (doscientos) kilómetros de su Residencia Habitual.
- Si a “EL TITULAR” o su acompañante han tenido que hacer un viaje exprés por cuestiones de trabajo, siempre y cuando compruebe mediante un boleto de por medio a su nombre y una reservación en hotel para el día del evento.
PROCEDIMIENTO DE LA RECLAMACIÓN PARA BOLETO SEGURO O CANCELACIÓN DE BOLETO, INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR LA COMPENSACIÓN DE LOS BOLETOS NO UTILIZADOS:
Primero debes identificar alguna de las siguientes 6 hipótesis de servicio, entre ellas las 4 razones o causas por las cuales el usuario puede solicitar la compensación por cancelación de boleto y las 2 que no son procedentes.
- Por fallecimiento.
- Por accidente grave.
- Por enfermedad.
- Otras razones como: robo, incendio o inundación de su casa, cuarentena médica, transplante de órgano, operación de emergencia, complicación del embarazo o aborto, accidente vial, despido laboral, viaje express laboral, entre otros.
- Motivos notoriamente improcedentes.
- Otras llamadas.
Una vez que conozcas y analizes la razón de la reclamación debes guiarlo a través de los siguientes pasos:
Si recibes una reclamación por fallecimiento, debes:
- Presentar tus condolencias por su pérdida.
- Solicita al usuario la siguiente información:
- Número de su boleto. Si lo encuentras en el Sistema de Gestión Operativa (SGO), prosigue al siguiente paso. Si no lo localizas entonces levanta el expediente con los datos personales del usuario (nombre, celular, email y no. de boleto), y le informas al usuario que necesitas hacer una pausa para validar si cuenta o no el programa BOLETO SEGURO. Una vez que obtengas la información se la comunicarás al cliente. Si no está inscrito en el programa se le deberá informar sin solicitar ningún documento. Recuerda que siempre debes levantar el expediente con los datos personales del usuario aunque la reclamación sea notoriamente improcedente.
- Captura en el SGO nombre completo, celular y correo electrónico.
- Captura de forma detallada el motivo del servicios: nombre de la persona fallecida, parentesco, fecha y lugar del deceso, causa del mismo.
- Captura, la colonia, municipio y estado de donde nos llama.
- Captura el monto que desea reclamar.
- Pide al usuario que tome nota de la documentacion que debera enviar escaneada en formato PDF: identificación oficial del titular, identificación oficial del fallecido, acta de defunción, boleto que no utilizará, comprobante de pago.
- Informa al usuario que a partir de la fecha de su reporte recibirá en un plazo máximo de 10 días un respuesta por el área de dictaminación.
Por favor, asegúrate de brindar un servicio atento y eficiente para resolver las consultas del usuario.
PROCEDIMIENTO PARA COMPENSACIONES
- COMPENSACIÓN DE BOLETOS: Dentro de los 10(diez) días naturales posteriores a la reclamación de la compensación y que se determine procedente la causa, se le compensará por la vía más idónea.
- COMPENSACIÓN: Dentro de los 10 (diez) días naturales a la adquisición del servicio, se le compensará el monto completo del costo del servicio en caso de que usted no lo quiera. Siempre que no haya pasado el evento, ni presentado un reclamo. No se realizarán compensación posterior.
- Así mismo en caso de cancelación del evento, se compensará el precio del servicio.
- Todas las reclamaciones se compensarán en pesos mexicanos.
La reclamación debe hacerse dentro de un periodo de 72 horas a partir de que se presente una razón cubierta o tan pronto como sea razonablemente posible.
El periodo para presentar las pruebas o documentación por parte de “EL TITULAR” o su representante para proceder a la compensación en caso de aplicar es de 90 (noventa) días a partir de la solicitud por parte de “EL PRESTADOR”.
FRAUDE Y FALSAS DECLARACIONES: Las coberturas del Programa de Cancelación de Boleto no serán válidas si EL TITULAR proporciona información falsa o engañosa, ya sea antes o después de solicitar un servicio o compensación. Esto incluye ocultar hechos, proporcionar información incorrecta o cometer fraude en relación con el programa. La cobertura también será inválida si EL TITULAR hace declaraciones falsas bajo juramento.
PRESCRIPCIÓN DE LAS RECLAMACIONES: Si tienes una reclamación sobre un servicio en el Programa de Cancelación de Boleto, debes presentarla a EL PRESTADOR dentro de los primeros 90 días desde la fecha del incidente. Ten en cuenta que después de este período, no podrás tomar acciones legales. Además, para asegurar la calidad del servicio, las llamadas de EL TITULAR a EL PRESTADOR pueden ser grabadas
DEBE ENTENDERSE POR SUSPENSIÓN DEL PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETOS:
“EL PRESTADOR” en cualquier momento podrá suspender, previo aviso a “EL TITULAR” el PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO y el PROGRAMA DE ASISTENCIAS detallados en estas condiciones generales, cuando de manera reiterada e injustificada, “EL TITULAR” solicite asistencias que no sean consideradas de emergencia, para la solución de problemas crónicos o preexistentes, que por su reiterada ocurrencia son de pleno conocimiento de “EL TITULAR” y por tanto no sean considerados de emergencia y en caso de que se soliciten para personas distintas a “EL TITULAR”.
EXCLUSIONES DEL PROGRAMA BOLETO SEGURO:
Serán causas excluyentes del PROGRAMA DE CANCELACIÓN DE BOLETO cuando se presenten las siguientes causas:
- Daño causado a sí mismo de manera intencional, suicidio o intento de suicidio.
- Embarazo normal o de alto riesgo, tratamientos de fertilidad, parto o aborto provocado, de usted, su Acompañante o algún familiar.
- Trastornos mentales o nerviosos, incluyendo en forma enunciativa mas no limitativa: ansiedad, depresión, neurosis o psicosis; o complicaciones físicas relacionadas con estas que presente usted, su Acompañante o algún familiar.
- Alcoholismo o drogadicción; o enfermedades o complicaciones físicas relacionadas con estas que presente usted, su Acompañante o algún familiar.
- Guerra (ya sea declarada o no), actos de guerra, servicio militar (a menos que se cubra específicamente), desorden público o disturbios.
- Operación o aprender a operar cualquier aeronave como piloto o tripulación;
- Contaminación por reacción nuclear, radiación o radioactiva.
- Desastres naturales (a menos que se cubra específicamente).
- Terrorismo
- Problemas financieros.
- Epidemia o pandemia.
- Contaminación o amenaza de liberación de contaminantes.
- Cualquier acto ilícito que cometa usted, sus familiares o sus Acompañantes, ya sea que estén asegurados o no.
Usted o su Acompañante:
- Realizan cambios a los planes personales.
- Tienen obligaciones contractuales o comerciales.
- El evento lo cancele o retrasa el promotor del evento o el lugar por cualquier razón (incluyendo mal tiempo) a menos que se cubra como se indica en el presente.
- Prohibición o disposición de cualquier gobierno o cualquier evento esperado o razonablemente previsible.
- Si proporciona datos o hechos incorrectos o si no se presenta la perdida a nosotros dentro de un periodo de 90 días a partir de la fecha de la perdida, excepto como de otra manera lo prohíba la ley.
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EXCLUSIONES GENERALES
Serán causas excluyentes de los servicios de asistencia:
- Los Titulares no tendrán derecho a ser compensados sin previa comunicación con “EL PRESTADOR”.
- Los servicios de asistencia que “EL TITULAR” haya gestionado, contratado y pagado por su cuenta, sin previa autorización de “EL PRESTADOR”.
- Cuando “EL TITULAR” no proporcione información real y oportuna, que por su naturaleza impida atender debidamente la situación de asistencia.
- Cuando “EL TITULAR” no acredite su personalidad como derechohabiente del servicio de asistencia.
- Cuando “EL TITULAR” incumpla cualquiera de las obligaciones indicadas en las condiciones generales.
- “EL PRESTADOR” no será responsable de los retrasos o incumplimientos debidos a causas de fuerza mayor o a las características administrativas o políticas especiales del lugar en que deban prestarse los servicios de
- Quedan excluidos los servicios cuando sean derivación directa o indirecta de: Huelgas, guerra, invasión de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o cualquier otra causa de fuerza mayor.
- Efectos patológicos, por el consumo en cualquier forma de tóxicos, drogas, o fármacos menores o mayores, ya sean legales ingeridos en exceso (salvo prescripción médica) o ilegales.
- Hechos de la naturaleza como inundación, huracán o terremoto.
- Cualquier percance intencional, así como la participación en actos criminales ya sea “EL TITULAR” o durante el uso del automóvil.
SÉPTIMA. REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Los servicios podrán solicitarse a través del “CA” de manera telefónica al Pendiente Inter las 24 horas del día o al WhatsApp https://www.app-quam.net/whatsapp.html
Los servicios de asistencia serán prestados de acuerdo con las condiciones generales del servicio.
Quién reporte deberá proporcionar su nombre, celular de contacto, número de boleto, así como una breve descripción de las circunstancias que originan el servicio.
“EL PRESTADOR” se reserva el derecho de solicitar según el caso la identificación del afiliado. En caso necesario a consideración de “EL PRESTADOR” se solicitará una reclamación por escrito bajo protesta de verdad.
ÁMBITO TERRITORIAL
Los servicios de asistencia se prestarán dentro del territorio de la República Mexicana y en las ciudades o localidades que cuenten con la infraestructura de los servicios contratados y de acuerdo a los alcances que se describen en estas condiciones generales de la membresía de beneficios.
El Programa “BOLETO SEGURO”, será comercializado en los recintos ubicados en Monterrey.
¿QUIEN ES QUALITY ASSIST?
Es una empresa mexicana experta en brindar servicios de asistencia y que opera este programa para «Super Boletos».