El trastorno esquizo – afectivo es una patología psiquiátrica que engloba un trastorno mental que se caracteriza por estados de ánimo cambiantes, con síntomas psicóticos similares a los que se pueden apreciar en la esquizofrenia.
Esta afección provoca, además de estados anímicos cambiantes, una pérdida de contacto con la realidad.
Es una enfermedad que no tiene cura, pero un tratamiento adecuado puede ayudar a lograr una mejor calidad de vida sobrellevando la enfermedad de forma digna. En general, es una enfermedad cíclica con períodos de síntomas agudos seguidos de períodos de mejora. Suele estabilizarse con una combinación de psicoterapia y medicamentos analizados cuidadosamente.
El trastorno esquizo – afectivo afecta el normal funcionamiento de la persona en su ámbito social y laboral. Es muy probable que no puedan cuidar de sí mismos ya que las alucinaciones pueden ponerlo en peligro constante.
Se desconocen las causas exactas de su origen. Se estima que la respuesta puede estar en los químicos del cerebro o los neurotransmisores y en algunos cambios genéticos. También se ha analizado que hay diferencias estructurales en los cerebros de las personas que sufren este trastorno. Hay muchas probabilidades de que sean susceptibles de sufrirlo aquellas personas que tuvieron retrasos madurativos durante su crecimiento.
Suele afectar en mayor medida a mujeres que a varones y suele ser muy raro en niños.
También se toman en cuenta factores ambientales como la exposición a algún virus durante la vida intrauterina. También puede surgir en personas que sufrieron traumas durante su alumbramiento.
En más de una ocasión se la suele tratar solamente por los cambios anímicos ya que es una enfermedad difícil de diagnosticar porque suele ser confusa.
Algunos síntomas que acompañan los cambios de humor suelen ser: falta de apetito, problemas funcionales en el sexo, falta de interés en la higiene personal y el aseo en general, dificultades para dormir, falta de concentración, aislamiento social, alucinaciones y sensaciones de muerte continua.
No existen estudios específicos que puedan diagnosticar el trastorno esquizo – afectivo, los profesionales se basan en las evaluaciones habituales para hacer un diagnóstico.
El paciente presenta tanto síntomas psicóticos como trastornos en su estado anímico. Este tipo de combinación también se observa en el trastorno bipolar.
Algunos factores que predisponen la aparición del trastorno son:
– Que haya antecedentes familiares de la enfermedad o de alguna similar.
– Que haya sufrido algún tipo de episodio psicótico o alguna enfermedad de esta especie.
– Que sea una persona que consume drogas o alcohol en forma abusiva.
– Que la persona haya sufrido abuso o abandono o que haya experimentado algún tipo de trauma.
– Que haya estado expuesto a virus, toxinas, drogas o alcohol durante su vida uterina.
– Que haya habido complicaciones durante su alumbramiento.
– Que haya sufrido estrés postraumático.
– Que tenga trastorno de ansiedad.
– Que sea una persona con problemas de adicciones.
En cuanto al comportamiento: su vida comienza a ser muy irregular, no hay cumplimiento en el trabajo, no encuentra su lugar en el entorno social, presenta un comportamiento desordenado y catatónico, aislamiento social, no se entienden sus ideas cuando habla, variación de movimientos entre lentos y rápidos, conductas autodestructivas, intentos suicidas.
En cuanto a los síntomas físicos se pueden apreciar: cambios en la alimentación, insomnio, aumento o pérdida de peso, falta de aseo personal, apatía y cambios de apariencia física.
En cuanto a los síntomas cognitivos: se observan alucinaciones, delirios compulsivos, paranoia, memoria selectiva, pesamiento no secuencial, imposibilidad de hacer planificaciones a futuro, falta de percepción.
En cuanto a los síntomas psicosociales: comportamientos maniáticos, episodios de depresión, fluctuaciones en su autoestima, ideas suicidas, altos niveles de ansiedad.
Cuando una persona sufre esta enfermedad y no recibe un tratamiento adecuado para aliviar su patología, puede tener que enfrentarse a las siguientes consecuencias:
– Pérdida de empleo.
– Desorden financiero.
– Fracaso profesional.
– Fracaso en su educación.
– Problemas serios familiares.
– Problemas serios de salud.
– Relaciones conflictivas.
– Desarrollo de adicciones.
– Muerte prematura.
– Intentos de suicidio.
– Conductas autodestructivas.
Esta enfermedad es un área de controversias respecto de los criterios de clasificación. Puede ser considerada como una variante de la esquizofrenia combinada con el trastorno bipolar.
Este tipo de enfoque hace que sea necesario revisar el diagnóstico y analizar de modo profundo las características psicopatológicas desde una perspectiva neuropsicopatológicas y genéticas.
En este enfoque también se toman en cuenta las alteraciones neurocognitivas que acompañan las variaciones de la enfermedad y le da al trastorno esquizo – afectivo una mayor afinidad con las psicosis afectivas que con la esquizofrenia, otorgándole un estadio intermedio.
SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES
QUALITY ASSIST MÉXICO Y CENTROAMÉRICA S. A. DE C. V., cuenta con una presuscripción de parte de su agente de seguros, de seguro colectivo de AP (accidentes personales), emitida por compañía aseguradora legalmente autorizada.
a. Con el fin de que “EL BENEFICIARIO” reciba la mejor atención “EL PRESTADOR” se encargará de gestionar todo el siniestro a nombre “EL BENEFICIARIO” en caso de que requiera la indemnización por muerte accidental de “EL TITULAR” o hacer uso o reembolso de sus gastos médicos por accidente, para ello deberá comunicarse al “CA” para poder atender su solicitud.
b. En la póliza referida se establecen las siguientes coberturas para este programa de beneficios:
1. Muerte Accidental $230,000.00 (doscientos treinta mil pesos 00/100 M. N.)
2. Pérdidas orgánicas escala B $200,000.00 (doscientos mil pesos 00/100 M. N.)
3. Apoyo y/o reembolso de gastos funerarios $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M. N.)
4. Gastos Médicos por accidentes $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M. N.)
c. Una vez que “EL SEGURO” reciba por conducto de “EL PRESTADOR” los listados de los beneficiarios a asegurar, éste procederá a sumarlos a la póliza colectiva.
d. De todos los servicios que integran el programa esta prestación es la única cobertura de seguro y está sujeta a las condiciones particulares y generales de la póliza.
e. En caso de siniestro favor de tener a la mano el número de póliza 55629-00 y el nombre del contratante quien es: Quality Assist México y Centroamérica S.A. de C.V.
f. Cuando “EL TITULAR” requiera hacer uso de la cobertura de gastos médicos por accidente, deberá acudir a alguno de los siguientes Hospitales.
g. Si por alguna razón “EL TITULAR” no puede acudir a algunos de los hospitales en convenio con la aseguradora y fue atendido en otro hospital debe tomar en cuenta que la aseguradora revisará las facturas generadas y se aplicarán las condiciones generales para el reembolso.
h. Para realizar cualquier reclamación de muerte por accidente o accidente el titular deberá descargar los siguientes formatos
i. “EL TITULAR” deberá descargar y llenar el formato de designación de beneficiarios para que sus “BENEFICIARIOS” hagan efectivo la indemnización en caso de muerte accidental de “EL TITULAR”.
j. Las coberturas del seguro están sujetas a las condiciones generales de la póliza del seguro. Además “EL TITULAR” puede conocer a continuación las las condiciones especiales de su póliza.
k. El Seguro de Accidentes Personales cubre únicamente a “EL TITULAR” del programa de beneficios hasta los límites establecidos en el inciso “b”.
PET FUNERAL
a. Cuando la mascota propiedad de “EL BENEFICIARIO” fallezca a consecuencia de un accidente o enfermedad, “EL PRESTADOR” organizará el traslado a primera hora disponible, desde el lugar en que se encuentre la mascota fallecida (casa o centro veterinario), al crematorio especializado en mascotas en la misma ciudad.
b. La mascota será cremada en forma individual y se entregarán sus cenizas en una urna tipo estándar con el nombre de la mascota en las instalaciones del proveedor asignado.
Este servicio en todo momento se brindará con el máximo respeto al animal y a sus dueños.
c. Para hacer efectivo este servicio, “EL BENEFICIARIO” deberá enviar al correo electrónico o WhatsApp que se indique, los siguientes documentos escaneados:
1. Carta firmada, mencionando el nombre, edad y peso aproximado del perro, relatará brevemente el día, la hora, así como la forma en que murió la mascota, nombre y celular del propietario del animal, además deberá mencionar explícitamente que el dueño ha dado su consentimiento para cremar a la mascota.
2. Identificación oficial de “EL BENEFICIARIO”.
3. Fotos de la mascota.
d. “EL PRESTADOR” se reserva el derecho de verificar a través de uno de sus veterinarios la veracidad de la declaración escrita enviada por “EL BENEFICIARIO”.
e. Esta cobertura asegura un costo preferencial de $1,500 (Un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) al usuario y 1 evento al año.
SEGURO DE VIDA
QUALITY ASSIST MÉXICO Y CENTROAMÉRICA S. A. DE C. V., cuenta con una presuscripción de parte de su agente de seguros, de seguro de vida emitida por una compañía aseguradora legalmente autorizada.
En la póliza se establecerá la siguiente cobertura para este programa de beneficios:
a. Suma asegurada por $250,000.00 (doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M. N.) en caso se muerte del titular
Una vez que “EL SEGURO” reciba por conducto de “EL PRESTADOR” los listados de los beneficiarios a asegurar, éste procederá a sumarlos a la póliza colectiva.
De todos los servicios que integran el programa, las coberturas del seguro son las únicas prestaciones que están sujetas a las condiciones particulares y generales de la póliza del seguro, las cuales te invitamos a consultarlas aquí.
También te invitamos a consultar los ENDOSOS
En caso de siniestro favor de tener a la mano el número de póliza 52640-00 y el nombre del contratante quien es: QUALITYASSIST MÉXICO Y CENTROAMÉRICA S.A. DE C.V.
Se puede obtener el consentimiento individual de seguro de vida. Las coberturas del seguro están sujetas a las condiciones particulares y generales de la póliza del seguro.
El Seguro de vida cubre únicamente a “EL TITULAR” del programa de beneficios.
LLAMADAS ILIMITADAS
a. “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” una plataforma tecnológica y de comunicaciones que permitirá a “EL BENEFICIARIO” realizar llamadas locales, nacionales e internacionales a más de 50 países del mundo sin costo.
b. Para poder acceder a este servicio “EL BENEFICIARIO” deberá seguir las siguientes indicaciones:
c. Cuando el realice llamadas desde un número celular deberá marcar el número de acceso 5547442703 desde cualquier lugar de la república mexicana sin costo.
d. La llamada NO se completará, marcará ocupado y se cortará. En un lapso de 5 a 20 segundos, el sistema regresará la llamada a su celular.
e. El Usuario deberá contestar la llamada y marcar los 8 dígitos de su tarjeta digital que corresponden.
f. Cuando el realice llamadas desde un número fijo deberá marcar el número de acceso: 5547442701 desde cualquier lugar de la República Mexicana sin costo y seguir las instrucciones nuevamente.
g. Este servicio no tiene límite de cobertura ni de eventos durante la vigencia de su programa.
PLATAFORMA E-LEARNING
a. Por medio su plataforma E-learning de metodología y aprendizaje “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” cursos especializados en diferentes campos para su autocapacitación.
b. Entre los cursos que “EL BENEFICIARIO” podrá tomar se encuentran cursos de diseño, desarrollo personal, negocios, tecnología, administración, entre otros.
c. Para poder acceder “EL BENEFICIARIO” deberá seguir los siguientes pasos:
d. Ingresa a la página Web http://quality.uvelop.mx
e. Ingresa el número de tarjeta y contraseña que aparece en tu certificado digital.
f. Esta prestación no tiene límite de eventos ni costo para el “EL BENEFICIARIO”.
CONCIERGE MASCOTA
a. “EL PRESTADOR” proporcionará a “EL BENEFICIARIO” información y seguimiento relacionado con:
1. Orientación en caso de extravío de la mascota y asesoría de las gestiones y logística a realizar tendientes a localizar a la mascota.
2. “EL PRESTADOR” elaborará el boletín impreso con la foto de la mascota para que “EL BENEFICIARIO” de a conocer el hecho.
3. Seguimiento de la cartilla de vacunación de la mascota.
4. Información sobre campañas de vacunación.
5. Información sobre recintos y horarios de exposiciones y ferias relacionadas con la mascota .
6. Búsqueda e información sobre venta de accesorios y alimentos para la mascota.
7. Búsqueda de información de restaurantes y hoteles Pet friendly.
b. El servicio de asistencia concierge para mascota es ilimitado, es decir no cuenta con un límite de eventos y no tiene costo.
RED DE DESCUENTOS EN COMERCIOS PARA LA MASCOTA
a.“EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” su Red Online de tiendas de artículos y accesorios para mascotas con los cuales haya celebrado convenio de descuentos.
b. “EL BENEFICIARIO” deberá acceder a la página web del club de descuentos y cupones, identificarse con su número de membresía y acceder a la tienda de su preferencia.
c. Este servicio no cuenta con un límite de eventos, el beneficio consiste en obtener un costo preferencial.
KUPIX CLUB DE DESCUENTOS
a. Por medio de su página web y APP disponible a partir del mes de diciembre “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” diversos servicios en los comercios que tiene afiliados a su plan de descuentos electrónicos y cupones digitales.
b. EL BENEFICIARIO” podrá conocer los descuentos electrónicos y cupones de los servicios, así como detalles y restricciones de las promociones, en la página web del programa, asimismo se obliga a seguir el procedimiento para hacer efectiva la promoción o descuento y atender las restricciones de la oferta o beneficio.
c. “EL BENEFICIARIO” se da por enterado y acepta, que todos los meses se realizan bajas y altas de descuentos y cupones. “EL BENEFICIARIO” con cada comercio deberá seguir las indicaciones de registro, compra, carga digital o impresión del cupón.
d. Cuando un comercio y promoción esté vigente, “EL BENEFICIARIO” contará con la garantía de satisfacción, en el caso de que un establecimiento no brinde el descuento a “EL BENEFICIARIO”, “EL PRESTADOR” se compromete a otorgar una cortesía por el valor igual o superior al descuento no otorgado en un plazo máximo de 7 días.
e. Para hacer efectiva la garantía anterior, es necesario que “EL BENEFICIARIO”
proporcione la información completa del descuento o cupón rechazado: copia de ticket de compra, negocio, sucursal, hora aprox., así como razón por la cual no se le hizo el descuento.
f. Para hacer efectivo el descuento “EL BENEFICIARIO” deberá enviar copia del ticket escaneado o en fotografía, así como la demás información al email: [email protected].
g. Este servicio es ilimitado durante la vigencia de la membresía de “EL BENEFICIARIO”.
SERVICIO DE ORIENTACIÓN LEGAL TELEFÓNICA
a. “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” las 24 horas todos los días del año, su plantilla de abogados, para que sean consultados vía telefónica respecto a cualquier problema jurídico en las materias abajo mencionadas.
b. Las materias disponibles para esta cobertura son:
1. Asesoría Legal en materia penal.
2. Asesoría Legal en materia civil y familiar.
3. Asesoría Legal en materia mercantil.
c. “EL BENEFICIARIO” deberá relatar al abogado los hechos que originan la duda legal. En caso de ser necesario el abogado podrá recibir vía correo electrónico escáner o fotografías de documentos oficiales, para que el profesionista pueda estudiarlos y tener mayores elementos para emitir una mejor opinión legal.
d. Los abogados de “EL PRESTADOR” estarán disponibles las veces que sea necesario para consultas telefónicas subsecuentes derivadas del mismo asunto u otros.
e. En caso de urgencia legal y previa autorización de “EL BENEFICIARIO” el abogado podrá remitirlo con un profesionista de la red en su ciudad, para tener una asesoría de forma presencial sin costo. En caso de que el usuario esté interesado en contratar al abogado referido “EL PRESTADOR” gestionará una tarifa preferencial respecto de los honorarios del abogado, vigilará la prestación del servicio y supervisará que el mismo cumpla con los estándares de calidad en cuanto a tiempo y eficiencia.
f. Esta cobertura no tiene costo o límite de eventos.
CLUB DE DESCUENTOS ELECTRÓNICOS Y CUPONES DIGITALES
a. Por medio de una página web “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” diversos servicios en los comercios que tiene afiliados a su plan de descuentos electrónicos y cupones digitales.
b. “EL BENEFICIARIO” podrá conocer los descuentos electrónicos y cupones de los servicios, así como detalles y restricciones de las promociones, en la página web “DEL PRESTADOR”, asimismo se obliga a seguir el procedimiento para hacer efectiva la promoción o descuento y atender las restricciones de la oferta o beneficio.
c. “EL BENEFICIARIO” se da por enterado y acepta, que todos los meses se realizan bajas y altas de descuentos y cupones. “EL BENEFICIARIO” con cada comercio deberá seguir las indicaciones de registro, compra, carga digital o impresión del cupón.
d. Cuando un comercio y promoción esté vigente, “EL BENEFICIARIO” contará con la garantía de satisfacción, en el caso de que un establecimiento no brinde el descuento a “EL BENEFICIARIO”, “EL PRESTADOR” se compromete a otorgar una cortesía por el valor igual o superior al descuento no otorgado en un plazo máximo de 7 días.
Para hacer efectiva la garantía anterior, es necesario que “EL BENEFICIARIO” proporcione la información completa del descuento o cupón rechazado enviando al email [email protected]: copia escaneada del ticket de compra, fotografía o captura del cupón no aplicado, negocio, sucursal, hora aproximada, así como razón por la cual no se le hizo el descuento.
e. Este servicio es ilimitado durante la vigencia de la membresía de “EL BENEFICIARIO”.
ASISTENCIA VISIÓN
a. “EL PRESTADOR” brindará dentro de las principales ciudades de la República Mexicana a “EL BENEFICIARIO” la asistencia óptica por medio de su red de profesionales y técnicos especializados en visión, previa solicitud a su “CA”.
b. Los horarios de consulta son de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 y sábados de 9:00 a 13:00 , según disponibilidad de citas de cada óptica.
c. “EL BENEFICIARIO” deberá mencionar el número de control, y presentar su identificación y su tarjeta de beneficios o certificado digital en el establecimiento perteneciente a la red de ópticas afiliadas de “EL PRESTADOR” para que le apliquen los costos preferenciales y beneficios “EL PRESTADOR” ofrece a “EL BENEFICIARIO” un examen de la vista gratuito y acceso al Plan Gama plus con precios preferenciales en la compra de armazones con micas graduadas.
– Plan Gama Plus consiste en: armazón, micas graduadas terminadas, estuche por $799.00.
– Se entiende como Micas Blancas CR-39 Visión Sencilla (Terminadas) las micas prefabricadas terminadas al 100%, con graduación completa, las cuales abarcan las siguientes dioptrías ESPH +/- 4 CON CYL -2.
– Se entiende como Micas Bifocales Flap Top (Terminadas) las micas prefabricadas terminadas al 100%, con graduación completa, las cuales abarcan las siguientes dioptrías ESPH +/- 3 CON ADD + 3.
d. La red de ópticas con las que cuenta “EL PRESTADOR” proporcionará los siguientes servicios a “EL BENEFICIARIO”:
1. Examen de la vista de gabinete, sin costo.
2. Presupuesto de lentes, sin costo.
3. Armazones oftálmicos graduados.
4. Precios preferenciales en productos no cubiertos.
5. 20% de descuento en micas con tratamiento y otras líneas de armazón.
6. Reposiciones (las que sean necesarias) pagando el precio del paquete.
e. El servicio de asistencia visión no tiene un límite de eventos para “EL BENEFICIARIO”.
EXCLUSIONES DE LA ASISTENCIA VISIÓN
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia visión, cuando:
ASISTENCIA AMBULANCIA
a. “EL PRESTADOR” brindará a “EL BENEFICIARIO” las 24 horas los 365 días del año, dentro del territorio nacional, el servicio de traslado médico terrestre (ambulancia), cuando “EL BENEFICIARIO” sufra una emergencia médica ya sea por una alteración súbita de su salud que ponga en peligro su vida o porque sufra una lesión por accidente.
b. El traslado médico se realizará al hospital más cercano o idóneo para la atención del paciente dentro de la misma ciudad. En todo momento «EL PRESTADOR» velará por la integridad de “EL BENEFICIARIO”, y no condicionará el envío de la ambulancia a ninguna consideración o valoración médica.
c. Cuando el paciente sea trasladado a un hospital público, la familia de éste se obliga a realizar todos los trámites administrativos que correspondan para que el paciente sea aceptado en el nosocomio.
d. Cuando por cualquier circunstancia el paciente no sea recibido en el nosocomio inicialmente solicitado, se generará un segundo servicio a otro hospital con cargo a su membresía de beneficios.
e. Si el hospital en donde deben recibir al paciente requiere que espere la ambulancia, después de los 15 minutos, es decir a partir del minuto 16 se generará un costo por tiempo de espera a cargo de el usuario, la tarifa aplicable se le hará saber en el momento y deberá ser liquidada directamente al paramédico de la ambulancia.
f. Este servicio tiene un límite de cobertura de traslado de $1,500.00 (un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) o al hospital más cercano por servicio y está limitado a 2 eventos de ambulancia por año de vigencia.
EXCLUSIONES DE LA ASISTENCIA AMBULANCIA.
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia ambulancia, cuando:
SERVICIO DE ASISTENCIA ESCOLAR
a. “EL PRESTADOR” por medio de su personal docente y en un horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. brindará orientación escolar telefónica a nivel primaria, secundaria y preparatoria.
b. El objeto de esta asistencia es dar apoyo en la resolución de tareas, estas consultas no tienen límite de tiempo. En el caso de que por la complejidad de la pregunta no sea posible responderla en el momento, se dará la respuesta vía correo electrónico o por teléfono al solicitante en un tiempo no mayor a 60 minutos.
c. Esta asistencia educativa, aplica para las materias escolares incluidas en los programas de primaria al bachillerato, con excepción de las clases de otros idiomas diferentes al español, computación y música.
d. “EL BENEFICIARIO” podrá también solicitar al “CA” información o referencias acerca de profesores particulares para clases a domicilio, con el objeto de brindarle regularización académica, apoyo escolar continuo o preparación de exámenes al estudiante. El costo de los servicios de profesores particulares estará a cargo del solicitante.
e. Servicio de asistencia educativa no tiene costo ni límite.
f. El de eventos
EXCLUSIONES DE LA ASISTENCIA ESCOLAR
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia escolar, cuando:
ASISTENCIA TANATOLÓGICA
a. “EL PRESTADOR” por medio de su personal especializado y en un horario de lunes a sábado de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., proporcionará telefónicamente o por videollamada a los “DEUDOS” la orientación tanatológica necesaria sobre:
1.-Ayuda en duelo y pérdidas emocionales por el deceso de un ser querido.
2.-Prevención y ayuda de trastornos psicológicos, como depresión, ansiedad, estrés, adicciones, etc.
3.- Referencia de centros de ayuda psicológica estatales o particulares.
4.- Apoyo a nivel familiar, en situaciones de tipo emocional con el fin de obtener la ayuda apropiada de acuerdo a su caso.
b. El Servicio de asistencia tanatológica no tiene costo, ni límite de eventos.
SERVICIO DE ASISTENCIA FUNERARIA
a. EL PRESTADOR”, proporcionará por medio de su red de casas funerarias, las 24 horas todos los días del año dentro del territorio de la República Mexicana el servicio funerario estándar, haciéndose cargo del costo del mismo.
b. Quien solicite el servicio deberá nombrar a una persona que funja como “DEUDO RESPONSABLE”, esta persona designada como responsable deberá comunicar al personal del “CA” todas las decisiones de los deudos relacionadas con el servicio funerario, asimismo se le hará saber las opciones de funerarias disponibles en el lugar donde solicite el servicio o el prestador del servicio más cercano.
c. Para poder verificar la procedencia del servicio el “DEUDO RESPONSABLE” se obliga a enviar al email o WhatsApp que le sea indicado, en formato de fotografía o PDF la siguiente documentación del fallecido: acta de nacimiento, pasaporte o credencial del INE, comprobante de domicilio, certificado de defunción, en su caso acta de matrimonio y/o cualquier otro documento idóneo.
d. En el primer año de contratación de esta asistencia, aplica un periodo de espera de 90 días a partir del inicio de la vigencia del servicio, para los decesos causados por una enfermedad terminal, sospechoso COVID o confirmados COVID y cualquier otro tipo de enfermedad o padecimiento derivado de una pandemia.
e. No aplica este periodo de espera en caso de fallecimiento por accidente o enfermedad no terminal.
f. Se considera enfermedad terminal para efectos de esta cobertura, aquella que está lo suficientemente avanzada o en fase de evolución irreversible y que ya no responde a ningún tratamiento para frenarla o curarla, considerándose así, a las siguientes enfermedades: cualquier tipo de cáncer, lupus eritematoso sistémico, distrofia muscular, SIDA (VIH), esclerosis múltiple, hepatitis B o alguna otra hepatopatía grave, EPOC grave, enfermedades crónicas degenerativas en un estadio avanzado o cualquier otra que así se considere médicamente y que se verifique en el certificado de defunción.
g. “EL PRESTADOR” organizará y cubrirá los siguientes servicios funerarios para “EL BENEFICIARIO” cuya edad al momento del deceso sea máximo de 69 años cumplidos:
1. Recolección del cuerpo en: hospital, domicilio o servicio forense.
2. Gestión legal ante la autoridad competente en caso de deceso violento.
3. Traslado del cuerpo a la sala de velación que se designe.
4. Arreglo estético del cuerpo, limpieza, vestido y maquillaje facial no reconstructivo.
5. Ataúd estándar o básico, del material que se encuentre disponible, ya sea metálico o de material tipo madera.
6. Uso de sala de velación por 24 horas o préstamo del equipo para velación en domicilio. (Mesa pedestal, (4) candeleros o torcheros y Cristo) hasta por 24 horas.
7. Traslado del cuerpo al cementerio en la zona urbana donde ocurrió el deceso.
8. En caso de cremación, el servicio incluye la renta del ataúd para la velación, traslado del cuerpo al crematorio, cremación y urna de madera estándar.
9. Traslado del ataúd hasta 50 kilómetros a la redonda desde el lugar en donde se presentó el deceso para su velación y/o inhumación.
h. En caso de que la velación y/o inhumación se realice en una localidad más alejada de los 50 kilómetros el “DEUDO RESPONSABLE” se obliga a pagar el kilometraje excedente a una tarifa preferencial.
i. Si por la distancia del lugar de inhumación, el transporte terrestre no fuera el idóneo, “EL PRESTADOR” se obliga a coordinar el transporte aéreo a cargo del “DEUDO RESPONSABLE”, siempre y cuando exista disponibilidad y/o vuelos por parte de las terminales y líneas aéreas. El costo del traslado aéreo deberá ser cubierto por el “DEUDO RESPONSABLE”.
j. Este servicio de asistencia funeraria tiene un límite de 1 evento y el tipo de servicio funerario que se brindará es tipo estándar.
EXCLUSIONES PARA LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA FUNERARIA
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia funeraria, cuando:
SERVICIO DE ASISTENCIA NUTRICIONAL TELEFÓNICA O POR VIDEOLLAMADA
a. “EL PRESTADOR” por medio de su personal especializado en nutrición y en un horario de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. de lunes a viernes y sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m., proporcionará a “EL BENEFICIARIO” la asesoría necesaria sobre problemas o dudas que tenga y estén relacionados con hábitos alimenticios; este servicio será brindado a “EL BENEFICIARIO dependiendo sus requerimientos o medios por videoconsulta o de manera telefónica.
b. Antes de comunicarse al “CA”, “EL BENEFICIARIO” deberá asegurarse de contar a la mano con una cinta métrica y una báscula analógica o digital, a efecto de que pueda dar a la nutrióloga la información de apertura de su expediente.
c. La nutrióloga podrá brindar información sobre:
1. Cálculo del peso ideal y del índice de masa corporal.
2. Diseño de dietas.
3. Orientación telefónica respecto a suplementos, desórdenes alimenticios y referencias con especialistas.
4. Información sobre eventos de nutrición y alimentación sana.
5. Consejos sobre nutrición (técnicas o métodos para llevar una sana alimentación).
6. Asesoría, recomendaciones para prevención y manejo de factores de riesgo para personas que padecen colitis, gastritis, diabetes, triglicéridos, colesterol alto, sobrepeso, sedentarismo etc.
7. Orientación de dieta balanceada.
8. Orientación para mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.
d. Este servicio no tiene costo, ni límite de eventos e incluye plan alimenticio personalizado.
EXCLUSIONES PARA LA ASISTENCIA NUTRICIONAL TELEFÓNICA
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran esta asistencia, cuando:
ASISTENCIA MÉDICA GENERAL A DOMICILIO
a. “EL PRESTADOR” las 24 horas todos los días del año, pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO”, en las principales ciudades del territorio nacional, su servicio de consulta médica a domicilio para pacientes que por alguna razón no puedan trasladarse a consultorio. El mismo deberá ser solicitado al “CA”, cuyo personal coordinará el envío de un médico general certificado.
b. El médico valorará al paciente o “EL BENEFICIARIO” y en caso necesario le extenderá la receta médica correspondiente. Este servicio tendrá un costo preferencial de $200.00 MXN 00 (doscientos pesos 00/100 M. N.), el cual estará a cargo de “EL BENEFICIARIO” por cada consulta médica que solicite.
c. El tiempo estimado de arribo del médico es de 90 minutos, pero este puede variar, dependiendo de la zona en la que se encuentre el domicilio de “EL BENEFICIARIO” y de las circunstancias del traslado. “EL PRESTADOR” proporcionará la mejor opción y dará solución para salvaguardar la salud de “EL BENEFICIARIO”.
d. «EL BENEFICIARIO» podrá solicitar este beneficio para recibir una consulta médica en su domicilio, en su lugar de trabajo, o en un hotel, siempre y cuando esta ubicación disponga de la infraestructura necesaria y se encuentre dentro de los límites de la ciudad.
e. Este servicio tiene un costo preferencial de $200.00 (doscientos pesos 00/100 M. N.) y 2 eventos en el año por membresía, “EL PRESTADOR” se hará cargo del servicio hasta un costo de $800.00 (ochocientos pesos 00/100 M.N.) por cada consulta médica. En caso de qué se trate de un paciente sospechoso o confirmado de COVID o cualquier otro tipo de enfermedad derivado de una pandemia se le informará a “EL BENEFICIARIO” el costo excedente del cual deberá hacerse cargo.
EXCLUSIONES DE LA ASISTENCIA MÉDICA GENERAL A DOMICILIO
“EL PRESTADOR”, quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran la asistencia médica a domicilio, cuando:
AUXILIO VIAL POR CONEXIÓN
a. Las 24 horas todos los días del año, en la República Mexicana “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” su red de proveedores asociados de auxilio vial, para que ayuden a “EL BENEFICIARIO” cuando su automóvil sufra una avería y este no pueda continuar su marcha.
1-. AUXILIO VIAL POR CONEXIÓN
1.1“EL PRESTADOR” enviará un técnico especializado a “EL BENEFICIARIO” dentro del territorio de la República Mexicana cuando su vehículo requiera alguno de los siguientes servicios de auxilio vial:
– Paso de corriente.
– Envío de gasolina de hasta 10 litros, con cargo a “EL BENEFICIARIO”.
– Cambio de llanta.
b. Para los servicios antes descritos (auxilio vial) “EL PRESTADOR” recibirá la llamada de “EL BENEFICIARIO”, organizará la prestación del servicio y buscará el costo más económico aprovechando el esquema de economía de escala que tiene con su red de proveedores, el servicio deberá ser liquidado por “EL BENEFICIARIO” una vez que llegue el proveedor.
c. “EL PRESTADOR” vigilará el desarrollo del servicio y supervisará que el mismo cumpla con los estándares de calidad en cuanto a tiempo y eficiencia.
d. En caso de que por cualquier razón “EL BENEFICIARIO” ya no requiera el servicio, este se obliga a la brevedad, a cancelarlo telefónicamente. Si este no lo hiciere perderá el derecho a la prestación de este servicio para casos futuros.
e. El servicio de auxilio vial es por conexión con costo preferencial a cargo de “EL BENEFICIARIO” y no tiene límite de eventos.
EXCLUSIONES DEL AUXILIO VIAL POR CONEXIÓN
“EL PRESTADOR”, queda facultado para declinar la solicitud de servicio o quedará eximido de cualquier responsabilidad o del cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los servicios que integran el auxilio vial, cuando:
ASISTENCIA LEGAL POR ROBO
a. Las 24 horas todos los días del año “EL PRESTADOR» podrá a disposición de “EL BENEFICIARIO” su cuerpo de abogados para que acudan a asesorar a este, cuando haya sufrido un robo ya sea en su domicilio, de su auto o como transeúnte.
b. El profesionista conocerá de los hechos, de las circunstancias y principalmente del interés o pretensión de “EL BENEFICIARIO”, para que conforme a lo anterior el profesionista formule una estrategia legal adecuada al objetivo señalado por el usuario. El abogado también coadyuvará en todos los trámites legales a realizar para denunciar el delito de robo, asimismo gestionará la obtención de copias simples o certificadas para los fines que convengan al interesado.
c. En caso de que exista detenido o probable responsable por el robo, «EL PRESTADOR» se obliga por medio de su abogado a orientar de forma práctica y jurídica a “EL BENEFICIARIO” respecto al proceso legal que se genera a raíz de los hechos que afectaron su patrimonio, siempre atendiendo a lo que demande este.
d. Esta asistencia concluye con la obtención de copias simples o certificadas a cargo de “EL BENEFICIARIO”, una vez iniciada la denuncia legal procedente.
e. El servicio de asistencia legal por robo, no tiene costo ni límite de eventos para “EL BENEFICIARIO”.
ASISTENCIA LEGAL SUCESORIA Y DE PENSIONES
a. “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de la familia “DEL BENEFICIARIO” en un horario de 9:00 a 17:00 horas de lunes a sábado, su plantilla de abogados, para que sean consultados vía telefónica respecto a dudas o problemas jurídicos relacionados con el deceso de “EL BENEFICIARIO”, en las siguientes materias:
1.- Asesoría Legal en Materia Civil y Familiar.
2.- Asesoría Legal en Materia Mercantil.
3.- Asesoría Legal en Materia Laboral.
b. El “BENEFICIARIO” deberá relatar al abogado los hechos que originan la incertidumbre legal. En caso de ser necesario el abogado podrá recibir en formato PDF o de fotografía vía correo electrónico, documentos diversos u oficiales, para que el profesionista pueda estudiarlos y tener mayores elementos para emitir opinión profesional o asesoría legal.
c. Los abogados de “EL PRESTADOR” estarán disponibles las veces que sea necesario para consultas telefónicas subsecuentes derivadas del mismo asunto.
d. En caso de urgencia legal y previa autorización del “BENEFICIARIO” el abogado podrá remitirlo con un profesionista de la red en su ciudad, para tener una asesoría de forma presencial sin costo. En caso de que el usuario esté interesado en contratar al abogado referido “EL PRESTADOR” gestionará una tarifa preferencial respecto de los honorarios del abogado, vigilará la prestación del servicio y supervisará que el mismo cumpla con los estándares de calidad en cuanto a tiempo, técnica jurídica y eficiencia.
e. El servicio de orientación legal telefónica no tiene costo, ni límite eventos durante la vigencia anual del servicio.
ASISTENCIA LEGAL FUNERARIA
a. “EL PRESTADOR” pondrá a disposición de “DEUDO RESPONSABLE” las 24 horas todos los días del año, su red de abogados, para que coadyuven en los trámites legales que se requieran ante el Ministerio Público cuando el fallecimiento se haya originado por una situación violenta
b. En todo momento el abogado velará por aligerar la pena a él “DEUDO RESPONSABLE” y sus familiares gestionando de una manera pronta y expedita los trámites legales que se deriven de la carpeta de investigación y por lo tanto, la entrega del cuerpo del fallecido a sus familiares para su velación y servicio funerario.
c. El servicio de orientación legal funeraria no tiene costo, esta asistencia termina cuando el abogado obtiene la entrega del cuerpo del fallecido a su familia, para su velación.
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